Orán: La hermana de la víctima realizó la denuncia luego de haber escuchado que la menor le gritaba a su padre: «Papá no, no».
La Sala II del Tribunal de Impugnación no hizo lugar al recurso de casación contra la sentencia que condenó a E.A. a la pena de catorce años de prisión por ser autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber sido cometido por un ascendiente, por la guarda y la convivencia.
La denuncia fue realizada en 2019 por una hermana de la víctima. La noche que se produjeron los hechos en Orán, la hermana escuchó la voz de la menor desde otra habitación cuando decía “papá, no no” y tiempo después pudo contarle lo ocurrido y los ofrecimientos de dinero del hombre.
La defensa del condenado pretendía la absolución por el beneficio de la duda argumentando para ello que la víctima en ningún momento reconoce haber sufrido algún tipo de abuso.
Los jueces Eduardo Barrionuevo y Guillermo Polliotto señalaron que de los testimonios en la audiencia de debate quedó probado el abuso y particularmente la declaración de la propia víctima en Cámara Gesell.
Señalaron los testimonios de los familiares y el trato que el condenado le daba a la víctima.
Los jueces advirtieron la crisis y vulnerabilidad de la víctima, circunstancias que fue aprovechada por su progenitor “quien transgrediendo su rol de cuidado con una hija menor de edad, abusó de ella lesionándola en su integridad psicofísca.”
“Si bien el relato de la niña no confirma lo denunciado, del conjunto de elementos valorados surge que los abusos existieron y que ella vive con pesar la privación de libertad del padre. Seguramente esta situación trajo tensiones en la familia y ella, en su corta edad, busca no manifestar ni exponer nada que signifique ratificar lo aquí juzgado”, añadieron.
Descartaron que se tratara de un estupro, delito que requiere del “consentimiento de la víctima”, aunque prestado por personas que “por su edad” no tienen la experiencia o madurez necesaria para prestarlo válidamente. Puntualizaron en este sentido que “la niña no tuvo posibilidad alguna de elegir, mucho menos de consentir los abusos a los que era sometida.”