El cargamento fue descubierto en septiembre de 2024 durante un control de Gendarmería en la Ruta nacional 68, cerca de Cafayate.
El Tribunal Oral Federal N°1 de Salta condenó a cinco integrantes de una organización narcocriminal que transportaba estupefacientes desde la provincia hasta Tucumán. La investigación se originó en septiembre de 2024, cuando efectivos de Gendarmería Nacional descubrieron más de 23 kilos de marihuana ocultos en un automóvil que circulaba por la Ruta nacional 68, a la altura de Cafayate.
Las penas fueron dadas a conocer el pasado 9 de octubre. Alejo Ricardo Silva recibió una condena de 7 años de prisión; Emilio Alejandro Tapia, de 6 años y 6 meses; mientras que Luciano Cancino y Mara Antonella Di Bez fueron condenados a 6 años de prisión. Esta última cumplirá la pena bajo la modalidad de arresto domiciliario.
En tanto, Luis Benjamín Vicente recibió 3 años de prisión de ejecución condicional, al ser considerado partícipe secundario del delito.
Con estas sentencias, ya son seis las personas condenadas. El primer condenado fue Enzo Javier Gutiérrez, quien el 30 de abril de 2025 recibió una pena de 4 años de prisión domiciliaria, en el marco de un acuerdo pleno.
Cómo funcionaba la maniobra del “coche puntero”
El procedimiento que permitió descubrir el cargamento ocurrió el 14 de septiembre de 2024, alrededor de las 5.30. Personal de Gendarmería Nacional detuvo un Renault Logan sobre la Ruta nacional 68, a unos ocho kilómetros de Cafayate. En el vehículo viajaban Silva, Tapia, Cancino y Vicente.
De acuerdo con lo acreditado durante el juicio, ese automóvil cumplía la función de “coche puntero”: circulaba delante de otro Renault Logan alquilado, que transportaba la droga y tenía como destino la provincia de Tucumán.
En el segundo rodado viajaban Gutiérrez, quien conducía, y su pareja, Di Bez. El desplazamiento coordinado de ambos vehículos, el horario en el que circulaban y la presencia de equipos de comunicación portátiles en cada automóvil despertaron las sospechas de los efectivos.
Al inspeccionar el baúl del segundo vehículo, los gendarmes encontraron una bolsa de arpillera que contenía bloques de marihuana, con un peso total superior a los 23 kilos.
Durante el operativo, Silva escapó y se adentró en una zona de monte. Permaneció prófugo hasta el 6 de agosto de 2025, cuando fue detenido luego de regresar de Brasil, donde, según la fiscalía, había permanecido oculto durante aproximadamente once meses.
La función de cada integrante de la organización
Durante el debate, el Ministerio Público Fiscal reconstruyó la planificación del traslado y los roles que habrían desempeñado los involucrados.
Según la hipótesis fiscal, Silva era quien lideraba la organización y había empeñado un automóvil de su propiedad para conseguir el dinero necesario con el fin de adquirir la marihuana.
Por su parte, Gutiérrez y Tapia aportaron los vehículos utilizados en el movimiento. El primero alquiló el automóvil en el que se transportaba la droga, mientras que el segundo facilitó un rodado que le pertenecía a su madre, el cual fue utilizado como coche puntero y posteriormente decomisado por orden del tribunal.
En cuanto a Di Bez y Cancino, la fiscalía sostuvo que tuvieron una participación activa en la planificación del transporte, mientras que Vicente habría tenido una intervención secundaria.
Los investigadores también señalaron que todos los involucrados residían en el barrio Santa Ana de la ciudad de Salta y que esperaban obtener ganancias económicas de la operación. Además, advirtieron que la organización comenzaba a establecer vínculos con otras estructuras narcocriminales de la región.
Durante el juicio, uno de los acusados reconoció, en el marco de un acuerdo de colaboración, que “la droga era de todos”.
Las defensas intentaron desvincular a sus representados, argumentando que desconocían la existencia del cargamento oculto en el segundo automóvil. Sin embargo, el tribunal rechazó esos planteos y consideró acreditada la responsabilidad penal de los cinco acusados.
Los pedidos de condena y la cantidad de dosis que podía obtenerse
Durante la audiencia de determinación de las penas, los representantes del Ministerio Público Fiscal solicitaron condenas superiores a las finalmente impuestas, con excepción de Tapia, para quien coincidieron con la pena de 6 años y 6 meses.
En concreto, habían solicitado 7 años y 6 meses para Silva, 7 años para Di Bez, 6 años y 6 meses para Cancino y 4 años para Vicente. También requirieron el decomiso del Renault Logan utilizado como coche puntero, medida que finalmente fue ordenada por el tribunal.
Entre los argumentos para fundamentar las penas, la fiscalía destacó la cantidad de droga incautada y el daño potencial hacia la salud pública. Según las estimaciones presentadas durante el debate, los más de 23 kilos de marihuana podían utilizarse para elaborar cerca de 55 mil dosis.
Rechazaron un pedido de reducción de pena por colaboración
Uno de los puntos discutidos durante el juicio fue el pedido de reducción de pena presentado por la defensa de uno de los acusados, cuya identidad se mantuvo bajo reserva, luego de que celebrara un acuerdo de colaboración.
El imputado había ratificado información aportada previamente por otro acusado y brindado datos sobre una persona que presuntamente se dedicaría al transporte y la comercialización de estupefacientes en el barrio Santa Ana.
Para demostrar la utilidad de esos datos, la defensa solicitó la declaración de dos investigadores de la Policía de Salta que habían intervenido en las tareas de verificación. Los efectivos explicaron que la persona mencionada ya era conocida en el barrio, aunque aclararon que las investigaciones no habían arrojado resultados positivos hasta ese momento y continuaban en curso.
La fiscalía consideró que el acuerdo no había sido eficaz y sostuvo que no correspondía aplicar la reducción de pena prevista en el artículo 41 ter del Código Penal.
Finalmente, el tribunal rechazó por unanimidad el planteo y determinó que no correspondían los beneficios procesales ni la reducción punitiva solicitada bajo la figura del imputado colaborador.
En sus fundamentos, los jueces remarcaron que la información aportada debía ser concreta y determinada, ya que no alcanzaban las declaraciones vagas o de público conocimiento. Según señalaron, era necesario individualizar hechos, lugares, personas o circunstancias que la investigación desconociera o no pudiera verificar por sus propios medios.
El debate se desarrolló entre julio y fines de septiembre. El Tribunal Oral Federal N°1 estuvo integrado por las juezas Gabriela Catalano, Marta Liliana Snopek y Alejandra Cataldi. Por el Ministerio Público Fiscal intervinieron el fiscal general Eduardo Villalba y la auxiliar fiscal Roxana Gual.
