Lo hizo Comercio Interior a través de la resolución 552/2020 publicada en el Boletín Oficial, y puntualizó que “los productos de primera necesidad seguirán alcanzados por los precios máximos”.
A través de la resolución 552/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio Interior exceptuó de Precios Máximos a un grupo de productos que tienen menor impacto y mayor oferta dentro de la canasta de consumo masivo, cuyos ajustes serán consensuados en los próximos días entre las autoridades del Ministerio de Desarrollo Productivo y los empresarios.
Puntualizando que “los productos de primera necesidad seguirán alcanzados por los precios máximos”.
Comercio Interior señaló que “esta medida responde a la reactivación progresiva de las actividades productivas y comerciales que ya muestran mejores condiciones y que aseguran el sostenimiento de la oferta de los productos de consumo masivo, y se articula con la coyuntura sanitaria y económica actual”.
Los productos desafectados del congelamiento establecido en marzo pasado por la resolución 100/2020 son:
Las bebidas alcohólicas -blancas, whiskys, licores, aperitivos y variedades de vinos-, las isotónicas y energizantes, los jugos a base de soja y los de fruta 100% natural.
De la misma manera, dejaron de integrar el grupo, el arroz integral y preparado; patés; conserva de fruta, excepto duraznos; conservas de pescado, excepto atún y caballa; golosinas, barras de cereales; sémola y semolín; harinas integrales; variedades de semillas; café en distintas presentaciones, en saquitos, en cápsulas o bolsitas para máquinas.
Lo mismo ocurrió con el té en hebras o saborizado; leches condensadas y vegetales; papas y otros tubérculos congelados; tortillas de trigo o masa para tacos; pizzas y empanadas congeladas; premezclas para pizza; puré instantáneo de zapallo; sopas concentradas; salsas de soja; acetos; y quesos brie, camembert, azul y provolone.
De los artículos de higiene personal, se sacaron los enjuagues bucales; maquillajes, base, delineador y labial; loción para después de afeitarse; productos de limpieza y cuidado facial, cremas antiarrugas y antiacné; y cremas para peinar, gel, cera capilar y tratamiento capilar.
Y de los productos de limpieza, se eliminaron las pastillas y bloque de inodoros; aprestos y perfumes para tela; limpia metales; y pomadas para limpieza de calzado.
El área que conduce Paula Español precisó que “los alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que ya no están abarcados por la resolución 100/2020 irán ajustando su precio de manera gradual, ordenada y administrada”.
Subrayó que los aumentos de precios serán “producto del diálogo y el consenso entre la autoridad de aplicación y las empresas proveedoras”, y remarcó que “la vigencia de las medidas se mantendrán según la evolución de las condiciones sanitarias, económicas y sociales”.