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Economía

Hatsa el 30/9 no habrá embargos por parte de la AFIP

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de septiembre la suspensión de los embargos para las pymes como así tampoco iniciar ejecuciones fiscales.

Desde el organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont afirman que la medida tiene como objetivo aliviar el impacto económico de la pandemia por coronavirus.

Las medidas fueron publicadas hoy en el Boletín Oficial Oficial y son las resoluciones 4802/2020 y 4806/2020.

La primera de ellas 4802 establece que durante septiembre se sostendrán un conjunto de medidas referidas a los planes de facilidades de pago: se extienden los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la “adhesión temprana” a planes permanentes.

Asimismo, la resolución fija que no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de las personas humanas que tramiten planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. Esto, sostienen desde AFIP, “garantiza la posibilidad de regularizar dichas obligaciones en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25 por ciento, sin que los contribuyentes se vean condicionados por su perfil de riesgo”.

En el caso de empresas, monotributistas y autónomos, la medida prolonga la adhesión al nuevo régimen de facilidades de pago que permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de la seguridad social provenientes de planes caducos”.

Por su parte, la resolución 4806 establece extender hasta el 30 de septiembre inclusive “la suspensión de la iniciación de juicios de ejecución fiscal” y “la suspensión de la traba de medidas cautelares”.

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