Un empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hará a partir de los $ 98.963,20.
El mínimo no imponible (MNI) para el pago del Impuesto a las Ganancias subirá 35,38% a partir de enero de 2021 para todo el año, esto luego de la publicación del índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte) de octubre que se utiliza para decidir los incrementos.
De esta manera, un empleado soltero que gane más de $74.810 netos al mes comenzará a tributar este impuesto, mientras que un empleado casado con dos hijos lo hará a partir de los $98.963,20, según cálculos del tributarista Cesar Litvin a los que tuvo acceso Télam.
Estos umbrales podrán modificarse, de contar los contribuyentes con algún tipo de deducciones familiares que se puedan realizar.
Esta actualización se encuentra casi 10 puntos porcentuales por debajo de la establecida para 2020, la cual fue de 44,28%, y que llevó a los empleados solteros a tributar a partir de un neto de $55.261 al mes, mientras que para los casados el umbral de pago se elevó a $64.415 con un hijo, y a $73.014 pesos si tenían dos.
El detalle
A partir de 2021, un soltero sin hijos pagará ganancias a partir de un sueldo bruto de $90.135 (neto antes de ganancias de $74.812); y un casado con dos hijos y esposa que trabaja (con sueldo neto superior a $12.898) lo hará a partir de un sueldo bruto de $104.748 (neto antes de ganancias de $86.941), mientras que un empleado con esposa sin ingresos (o sueldo neto menor a $12.898) deberá hacerlo a partir de un sueldo bruto de $119.236 (neto antes de ganancias de $98.996).
Si a un trabajador recibe un aumento menor del 35% el sueldo en relación con el año que viene va a pagar un poco menos de Ganancias, pero los que hayan tenido un incremento superior van a pagar más . A medida que los salarios vayan aumentando a lo largo del año ahí empieza a producirse un desfasaje.
En tanto, para en reconocido tributarista, «hay que hacer tres modificaciones a este régimen».
La primera es que con esta escala de inflación debería ser de actualización semestral y no anual. Con esta inflación con cualquier recuperación posterior que se haga del salario, una parte de esa recuperación va a generar que una parte vaya al Estado y la otra al trabajador», consideró.
Asimismo, indicó que «en segundo lugar, este índice no es el más adecuado. En vez del Ripte hay que utilizar el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Desde se utiliza este índice ya se lleva un 62% de retraso respecto al IPC», y concluyó asegurando que «los autónomos están siendo perjudicados porque tienen deducciones menores que los asalariados», diferencia que puede llegar al 60%.