Cuáles son las condiciones.
A través del Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, el Gobierno de la Provincia aprobó el Protocolo para el desempeño de Actividades Artísticas, Animación de Eventos, Espectáculos en Peñas, Restaurantes, afines y su personal técnico.
El Protocolo es obligatorio para todos los locales gastronómicos de la provincia. De esta manera se podrán desempeñar bailarines, músicos, cantantes, animadores, acróbatas, magos, DJs, payasos, artistas de circo, artes escénicas y afines, etc.
Condiciones generales
- Los artistas no tendrán contacto con los comensales en ningún caso y cumplirán el distanciamiento social.
- Los bailarines y otros no realizarán figuras que impliquen contacto físico o que no respete el distanciamiento de dos metros.
- En todos los casos se debe considerar un espacio de al menos dos metros entre los espectadores y artistas.
- Los artistas que utilicen artefactos deberán limpiarlos entre una presentación y otra.
- En espacios abiertos se deberá mantener el distanciamiento y asegurar la circulación en la vía pública.
- Queda prohibida la participación de personas mayores de 60 años que posean enfermedades preexistentes, vulnerables al Covid-19.
- Regirá lo dispuesto por el COE de una limitación de 10 personas en el escenario.
Ingreso
- El responsable del local deberá hacer tomar conocimiento fehaciente del Protocolo a todo el personal (propio o tercerizado) y a los artistas.
- El local deberá arbitrar las medidas de señalización del escenario para que el artista desarrolle sus actividades y facilite la circulación.
- Se debe ingresar, permanecer y salir con tapaboca.
- El titular y/o responsable del local deberá proveer los elementos sanitizantes (alcohol en gel, jabón, trapo de piso con lavandina al 20% al ingreso del establecimiento).
- Está prohibido el ingreso de toda persona que presente tos, dolor de garganta, fatiga muscular, fiebre.
- Se deberá colocar cartelería con las medidas de prevención en lugares visibles (Ingresos, salas y baños).
En el escenario y/o espacio escénico de los artistas
- El espacio donde desarrollan las actividades los artistas debe funcionar hasta un 50% de la capacidad total habilitada.
- En ningún caso podrán encontrarse más de diez personas en el escenario o espacio escénico.
- En el caso de usar micrófono, el mismo deberá ser cubierto por filtro que se cambiará entre un artista y otro, y deberá ser debidamente higienizado.
Sanitarios
- Se deberá efectuar la limpieza y desinfección de los baños como mínimo cada tres horas con lavandina al 20%.
- Los dispensadores automáticos de agua, jabón y toallas de papel deben estar permanentemente higienizados y con sus productos disponibles.
Medidas generales de protección al trabajador
El responsable del local proveerá obligatoriamente y pondrá a disposición del personal:
- Correcto funcionamiento de los sanitarios (agua, jabón líquido y toallas de papel).
- Alcohol en gel
- Rociador con alcohol al 70%.
- Lavandina.
Para los casos sospechosos en el establecimiento
En un supuesto caso con síntomas el responsable del local deberá realizar la denuncia al 911 y suspender las actividades hasta que se confirme o descarte la situación.