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El País

Por DNU se prorrogan hasta fin de año los aumentos jubilatorios por decreto

Es porque aún no se estableció la nueva fórmula de ajuste que reemplace a la que regía desde diciembre de 2017. Jubilaciones medias y altas siguen perdiendo con los aumentos dictados por DNU y se achata la pirámide.

El Gobierno prorrogará hasta fin de año la facultad del Ejecutivo de otorgar por decreto los aumentos de las jubilaciones, pensiones y demás prestaciones sociales.

La vía del DNU se explica porque este sábado 20 vence el plazo de 180 días de suspensión de la fórmula de movilidad previsional fijada por la ley de Emergencia sancionada el 23 de diciembre de 2019 que tenía la Comisión integrada por miembros del Poder Ejecutivo y el Congreso debía proponer un proyecto de ley con una fórmula alternativa.

Esa Comisión no logró elaborar un proyecto común y a comienzos de este mes el Ejecutivo envió al Congreso un proyecto propio que prorroga hasta el 31 de diciembre la suspensión de la fórmula de movilidad aprobada a fines de 2017. Y determina que hasta fin de año los aumentos trimestrales próximos  –de septiembre y diciembre– volverán a ser fijados por decreto por el Poder Ejecutivo.

Dicho proyecto, no tiene oportunidad de ser aprobado esta semana, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia, el Gobierno prorrogará la suspensión de la fórmula y continuará otorgando los aumentos de septiembre y diciembre por decreto, según confirmaron a Clarin fuentes oficiales.

Sin esta prórroga, volvería a regir la fórmula de movilidad que, para septiembre arroja un aumento del 9,88%.

Los aumentos por decretos fueron establecidos por la ley de Emergencia, y se aplicaron en marzo y junio, acumulando una suba de entre el 10,2 y el 19,9%, según los rangos de haberes. Con la fórmula suspendida correspondían un 23,72% para todos los jubilados y pensionados del régimen general y demás prestaciones sociales.

De esta manera, los aumentos acumulados por decretos fueron inferiores a los devengados por la fórmula suspendida. Esto profundizó la reducción del 20% que tuvieron los haberes durante 2018 y 2019.  Por ejemplo, el haber mínimo desde junio es de $ 16.864 y con la fórmula suspendida debería ser de $ 17.405. Una diferencia en menos de $ 541.

Quienes percibían $ 30.000 en febrero, por los próximos 3 meses cobrará $ 2.956 mensuales menos. Con $ 50.000 de haber percibido en febrero, la pérdida se eleva a $ 5.988 para los próximos tres meses. Para los jubilados con haberes superiores tienen una diferencia en menos de entre $ 5.988 y $ 14.032 mensuales.

Los números de la movilidad afectan a 18 millones de beneficios, entre jubilados, pensionados, pensiones no contributivas, PUAM (Pensión Universal Adulto Mayor), AUH y Asignaciones Familiares.

Por DNU se prorrogan hasta fin de año los aumentos jubilatorios por decreto

En los fundamentos del proyecto del Ejecutivo, que ahora serán los del DNU, se sostiene que en el marco de “la realidad impuesta por la pandemia mundial del COVID-19, resulta absolutamente imposible ya no solamente construir una fórmula de movilidad seria, razonable y perdurable, sino tan solo prever o predecir cómo se comportarán las variables económicas en los próximos meses de modo tal de determinar, a priori, pautas serias para fundamentar técnica, económica y políticamente, los ajustes trimestrales establecidos por la ley”.

El texto señala que en su gran mayoría las experiencias internacionales de movilidad “utilizan la variación de algún índice salarial o de precios o una combinación de ambos, encontrándose también algunos ejemplos que toman la variación de la recaudación o del Producto Bruto Interno como base para la actualización”. Y todos esos índices están distorsionados por la situación creada por la pandemia.

Sin embargo, el Congreso aprobó la semana pasada, la “movilidad” de los precios de los alquileres con una fórmula que combina, en partes iguales, inflación y salarios.

El texto del Ejecutivo agrega que con la prórroga de la suspensión casi fines de año la Comisión que debe elaborar una nueva fórmula de movilidad dispondrá “de más tiempo” para analizar y aprobar “las pautas de actualización o movilidad de las prestaciones de los regímenes especiales”, en referencia, entre otros, a los regímenes de docentes, docentes universitarios, y Luz y Fuerza que disponen de fórmulas de movilidad propias que no quedaron suspendidas con la Ley de Emergencia.

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