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Economía

Nueva prórroga para la recategorización del Monotributo

Se extensión hasta el 31 de enero. En los últimos meses, los contribuyentes y contadores habían solicitado la prórroga en medio de la inquietud respecto de la recategorización por la ausencia de actualización de las escalas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) determinó extender el plazo previsto para la recategorización en el monotributo hasta el 31 de enero.

La Resolución General, que se espera sea dictada en los próximos días, establecerá un plazo de gracia adicional para la recategorización en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes.

Fuentes de la AFIP indicaron que la medida intenta ofrecer alivio ante la situación de incertidumbre y zozobra observada entre algunos monotributistas frente a la recategorización con las tablas vigentes.

Esta nueva normativas no afectará la obligatoriedad de la recategorización, y los contribuyentes deberán registrarse en la categoría que se adecúe a sus parámetros, solamente difiere el plazo para realizar el trámite.

A lo largo de las últimas semanas surgieron dudas entre los contribuyentes y los contadores acerca de la recategorización, debido a que las escalas y alícuotas no fueron actualizadas.

Esto es producto de la suspensión de la ley de movilidad jubilatoria durante 2020 ya que ésta es utilizada para adecuar una vez al año los parámetros del monotributo. De esta manera, el único mecanismo disponible para modificar las escalas es una norma con rango de ley, situación prevista en un proyecto enviado al Congreso por el Poder Ejecutivo.

Es que en el último período los pequeños contribuyentes y contadores habían solicitado la prórroga en medio de la inquietud respecto de la recategorización por la ausencia de actualización de las escalas.

La recategorización de enero se debe hacer con el cálculo de facturaciones de las tablas actualizadas según la fórmula de movilidad durante el año anterior, pero en 2020 esa fórmula estuvo suspendida, dado que los jubilados tuvieron por decreto incrementos que no fueron uniformes para la totalidad de la población.

En ese escenario, la administración de Alberto Fernández resolvió concretar una actualización sobre la base de la suba del haber mínimo, ubicada en 35,3%, pero para que ello entre en vigencia se debe aprobar una ley enviada al Congreso a finales de diciembre pasado.

En la AFIP afirmaron que «todos los potenciales perjuicios de los que se hicieron eco distintos actores serán subsanados en el proyecto de ley».

Sostuvieron que durante el debate parlamentario se incorporarán modificaciones que «resuelven tales cuestiones con el fin de garantizar que ningún monotributista se vea impedido de acceder a los beneficios y previsiones del proyecto».

Fuentes del organismo remarcaron que “todos los potenciales perjuicios de los que se hicieron eco distintos actores serán subsanados en el proyecto de ley que remitió el Poder Ejecutivo al Congreso”.

Para eso, explicaron que “durante el debate parlamentario se incorporarán las modificaciones que resuelven tales cuestiones con el fin de garantizar que ningún monotributista se vea impedido de acceder a los beneficios y previsiones del proyecto”.

El proyecto de ley enviado al Congreso de la Nación aborda distintas problemáticas estructurales y coyunturales experimentadas por los monotributistas. Las modificaciones propuestas apuntan a armonizar la transición entre el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y el Régimen General (RG), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar quienes cambian de régimen.

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