La misma comenzará a regir a partir de las 00:00 horas de este domingo 13 y se extenderá hasta las 23:59 horas del día domingo 20 de septiembre inclusive.
El Comité Operativo de Emergencia (COE) de Rosario de la Frontera dispuso volver a fase 1 a solicitud de Salud Pública, tras el análisis de la evolución de casos de Covid-19 en la ciudad, y debido a la pérdida de trazabilidad en algunos contagios producidos en los últimos días.
La misma comenzará a regir a partir de las 00:00 horas de este domingo 13 y se extenderá hasta las 23:59 horas del día domingo 20 de septiembre inclusive.
Por ello, en base a recomendaciones de la autoridad sanitaria de Salud Pública, y en «ejercicio de atribuciones que le son propias», el Comité Operativo de Emergencia de Rosario de la Frontera resuelve:
– Cierre de la Administración Municipal, solo funcionarán las guardias de Obras Públicas (recolección de residuos domiciliarios, barrido y limpieza, transporte de agua, electricistas).
– Dirección de Rentas Municipal: prorroga de los vencimientos del día miércoles 16 hasta el lunes 21 de septiembre.
– Comercios: Solo abrirán sus puertas de 8 hs a 18:30 los supermercados, almacenes de venta de comestibles, farmacias, corralones, ferreterías, estaciones de servicios, locales que expendan artículos de limpieza e higiene (habilitados por la Dirección de Rentas Municipal). Sin perjuicio de ello, se recomienda a los mismos implementar la modalidad de venta «delivery» en el horario permitido, a fin de evitar la aglomeración de personas en sus locales.
– Los demás comercios en general sólo podrán trabajar con la modalidad de venta «delivery» de 08:00 hs a 18:30 hs.
– Se suspende la venta de bebidas alcohólicas.
– Bares, confiterías y restaurantes solo podrán trabajar con modalidad «delivery» hasta las 23:00 hs. Los trabajadores de dicha modalidad deberán estar debidamente empadronados en la Dirección General de Rentas Municipales.
– Se limita la concurrencia a comercios y supermercados según terminación del DNI: par (lunes, miércoles y viernes) e impar (martes, jueves y sábados). Los comercios están obligados a exigir a los clientes la exhibición del DNI y no podrán concretar actividades comerciales con quienes no estén debidamente habilitados.
– Suspender toda actividad, evento y celebración religiosa con público en iglesias y templos de entidades religiosas, las cuales sólo podrán llevarse a cabo para su difusión por medios digitales de comunicación.
– Quedan suspendidas toda práctica deportiva, incluyendo las caminatas y el ciclismo.
– Los Gimnasios, Talleres y Escuelas de Danzas continuarán cerrados al público, teniendo en cuenta que la actividad implica dejar de lado el uso del barbijo.
– Servicios de sepelios en domicilios suspendidos. Solamente en salas velatorias y con el debido protocolo.
– Suspender los viajes que realice cualquier residente de Rosario de la Frontera fuera de esta ciudad, salvo las excepciones expresamente establecidas en las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial y/o casos de fuerza mayor debidamente comprobables.
– Restringir el ingreso a esta ciudad de personas provenientes de otros municipios, salvo las excepciones expresamente establecidas en las disposiciones vigentes a nivel nacional y provincial y/o casos de fuerza mayor debidamente comprobables. Se establece como horario de ingreso al municipio de 08:00 a 18:00 hs.
Al 12 de septiembre en Rosario de la Frontera se registran 19 casos de infectados desde el inicio de la pandemia. Estas cifras surgen a partir de la base de datos abiertos del Ministerio de Salud de la Nación. La contabilización de casos por partido o departamento se realiza bajo el criterio de lugar de residencia que figura en el DNI del paciente. Puede suceder que la persona no se encuentre en ese partido o departamento.