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Política

Media sanción a la Ley de Propiedad Privada

Lo que se terminó aprobando tiene como eje central una reforma que contempla los desalojos «exprés» de campos, viviendas y terrenos que fueron usurpados.

El Senado aprobó anoche una versión muy acotada del proyecto de propiedad privada, que llegó al recinto sin el polémico capítulo sobre la extranjerización de tierras. El tema es que a última hora y como no daban los números se sacó también el capítulo sobre cambios en la ley del Manejo de Fuego. La norma se aprobó en general, tras más de 11 horas de un tenso y duro debate. Lo que se terminó aprobando tiene como eje central una reforma que contempla los desalojos «exprés» de campos, viviendas y terrenos que fueron usurpados.

La iniciativa incluía también cambios en la ley del Manejo de Fuego. Por falta de votos para aprobar ese capítulo, el oficialismo decidió dar de baja ese capítulo, por lo que la ley recortada.

La ley fue sancionada por 37 a 33 votos que fueron aportados por la Libertad Avanza, UCR, PRO, y los senadores provinciales de Misiones, Chubut, Neuquén y un legislador de Provincias Unidas.

La última oradora fue Patricia Bullrich, titular de la bancada de La Libertad Avanza, quien señaló que con los discursos kirchneristas se volvió 60 años para atrás. «Plantearon cosas alejados de lo que le pasa a la gente todo los días», dijo y agregó que «acá estamos corrigiendo cosas que hicieron ellos (por el kirchnerismo). Eso es inaceptables».

También recordó que «durante muchos años fue fácil en la Argentina quedarse con lo ajeno». Y recordó que en 2020 hubo en territorio bonaerense 17 mil usurpaciones. «Nadie hacía nada mientras los dueños veían cómo se robaban sus cosas. La propiedad privada no es una mala palabra, está en la Constitución y ustedes no la respeta», afirmó.

Por su parte, José Mayans, titular de la bancada kirchnerista, en su alocución dijo que no se podía aprobar la ley porque es «totalmente inconstitucional». Al tiempo que apuntó de lleno a La Libertad Avanza.

En el inicio de a sesión, que arrancó a las 14.25, el senador libertario Joaquín Benegas Lynch rechazó la impugnación de la senadora peronista, Juliana Di Tullio, por tener una empresa que asesora a inversores extranjeros que quieren comprar tierras rurales.

El debate

El presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, el libertario Agustín Coto, dijo que «el espíritu del proyecto es simplificar y acelerar los procesos para que los dueños de los bienes no sean castigados por las demoras judiciales y garantizar el principio del artículo 17 de la Constitución Nacional, que protege la propiedad privada», señaló.

Coto explicó que la reforma propone que los desalojos por ocupaciones ilegales tramiten por la vía sumarísima, en lugar del procedimiento ordinario vigente, con el objetivo de reducir significativamente los plazos judiciales.

Lo que si y lo que no

1.- Los desalojos: El desalojo sumarísimo se aplicará en casos de inmuebles usurpados o tenencias precarias, cuando el juez considere verosímil el derecho del propietario. Podrá intimar la devolución en 72 horas con prueba documental de titularidad.

En contratos de alquiler incumplidos, el propietario deberá notificar al inquilino y darle un plazo de 10 días para regularizar la deuda. Si persiste el incumplimiento, podrá iniciar el desalojo, que tendrá un plazo de resolución de 10 días hábiles. En casos con menores o personas vulnerables, intervendrán organismos de protección para garantizar una alternativa habitacional transitoria.

2.- Las expropiaciones: La declaración de utilidad pública tendrá carácter restrictivo y el Estado deberá justificarla. La indemnización incluirá un límite del 30% por lucro cesante y se actualizará con el IPC más la tasa del Banco Nación a 30 días.

La transferencia del inmueble no podrá concretarse sin el pago correspondiente, aunque el Estado podrá solicitar la posesión. Si existen diferencias sobre el valor, el juez podrá requerir una tasación oficial.

3.- Ley de manejo del fuego y extranjerización: El Gobierno nacional tuvo que dar marcha anoche al capítulo denominado Manejo del Fuego. Este punto establecía eliminar la prohibición de cambiar el uso de terrenos rurales afectados por incendios durante 30 años. En bosques nativos continuaría la restricción, aunque se eliminaba el plazo fijo de 60 años vigente en la normativa actual. Hay que tener en cuenta que antes de llegar al debate en el recinto, habían tenido que eliminar el capítulo que subía a 25% el tope de tierra para vender a extranjeros.

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