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El País

Las medidas que regirán durante las próximas tres semanas

Con vigencia desde el 1° de Mayo al 21 de Mayo, inclusive. Según 3 factores (RAZON -aumento de casos en últimos 14 días-; INCIDENCIA -cantidad de casos sobre población- y OCUPACION CAMAS DE UTI) los lugares del país se clasifican en 4 CATEGORIAS de Riesgo: Bajo, Medio, Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario y Alarma Epidemiológica y Sanitaria

Medidas generales

Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio

de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: 0.8 a 1.2 e b) INCIDENCIA: entre 50 a 150 casos c/ 100.000 HABITANTES

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico alto

de más de 40.000 habitantes – Indicadores: a) RAZON: MAYOR A 1.20 e b) INCIDENCIA: MAYOR A 150 c/ 100.000 HABITANTES

– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

– La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta suspendidos.

– Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs

– Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

– Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

Para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Medidas para zonas de Alerta epidemiológica y sanitaria

ACTIVIDADES SUSPENDIDAS:

❌ Centros comerciales y shoppings.

❌ Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

❌ Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

❌ DEPORTES: Se prohíben los deportes grupales.

❌Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

❌ HORARIO DE CIERRE GASTRONOMIA: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

❌ PROHIBICION DE CIRCULACION: Se prohíbe la circulación entre las 20.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

❌ TRANSPORTE PUBLICO: solo para esenciales y autorizados.

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