Los días 22, 23, 24, 29, 30 y 31, podrán ampliarse los horarios en los distintos rubros.
La Secretaría de Trabajo, estableció que las jornadas y horas suplementarias serán remuneradas conforme a la escala salarial vigente.
Los descansos compensatorios no deberán coincidir con días feriados.
Los días 22, 23, 24, 29, 30 y 31, podrán ampliarse los horarios en los distintos rubros.