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Ciudad de Salta

El Gobierno de la Ciudad amplió las medidas de prevención por el Coronavirus

Los locales bailables no podrán abrir por 15 días corridos. Los bares, restaurantes, cines, shoppings y otros establecimientos deben reducir la concurrencia en un 50%.

El Gobierno de la Ciudad de Salta  amplió las medidas de prevención y protección por el Coronavirus COVID-19, considerada pandemia por la Organización Mundial de la Salud.

En línea con lo dispuesto por el Gobierno Nacional y Provincial, determinó  una serie de medidas que se suman a las anunciadas ayer por la intendenta Bettina Romero.

El Gobierno de la Ciudad amplió las medidas de prevención por el Coronavirus

Los restaurantes, confiterías, bares y establecimientos afines deberán reducir en un 50% la admisión y permanencia de público en lugares cerrados, garantizando, además, que exista una distancia mínima de un metro y medio entre las mesas instaladas tanto en los espacios cerrados como abiertos.

Los establecimientos bailables de acceso público que funcionan en espacios cerrados no podrán abrir por 15 días corridos.

En tanto, los eventos culturales, deportivos y festejos de masiva concurrencia quedan suspendidos por el mismo plazo, mientras que los cines, teatros y demás espectáculos públicos con menos de 200 personas y que respeten la distancia consignada anteriormente deberán reducir en un 50% la admisión.

Además, los casinos, centros de compras, shoppings y demás establecimientos comerciales que funcionen en lugares cerrados deberán reducir en un 50% el ingreso y permanencia del público.

Por último, los organismos públicos deberán reducir en un 50% el ingreso al público en general y evitar las aglomeraciones o filas en todos los casos.

El decreto 0099/20, que se dio a conocer esta tarde, adhiere, en todos sus términos, al título X de la Ley Nacional N º 27541 y al decreto nacional Nº 0260/20 de Emergencia Sanitaria, y designa como autoridad de aplicación en el ámbito de la ciudad de Salta a las subsecretarías de Salud y Ambiente Humano y a Control Comercial.

La autoridad de aplicación podrá clausurar locales y/o eventos que no respeten la normativa emitida en el decreto.

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