Regirá hasta el 30 de agosto, según estableció el COEm de Cachi.
A continuación se transcriben los puntos establecidos que abarcan otras disposiciones para Cachi.
En el marco normativo establecido en el DNU N° 677/20, Resolución N° 46/20 del COES., y frente al escenario epidemiológico de la Provincia; se dispusieron las siguientes medidas preventivas y sanitarias de aplicación en el ejido municipal de Cachi.
- 1) TURISMO INTERNO: Adhesión a la suspensión de dicha actividad hasta el 30 de Agosto del 20, conforme Res. N° 46/20 COES.
- 2) CIRCULACIÓN VEHICULAR Y DE PERSONAS EN GENERAL:Limitar la circulación de personas en el horario de 01:00 a 05:00, a excepción de salud y seguridad.
- 3) CIRCULACIÓN VEHICULAR Y DE PERSONAS DESDE CACHI A LA CIUDAD DE SALTA Y VICEVERSA:Limitar la circulación de personas exclusivamente a servicio esenciales (Turno Bancos, Salud y seguridad), cuyo caso contar con el certificado único habilitante para circulación y la respectiva acreditación ejemplo: Turno, dicha circulación queda prohibida en el horario de 01:00 a 05:00. Asimismo, las personas con residencia en Cachi y que hayan viajado a la Ciudad de Salta días previos a las medidas enunciadas, podrán ingresar al Municipio hasta el día 22 Agosto hasta horas 01:00.
- 4) CIRCULACIÓN VEHICULAR Y DE PERSONAS REGIONAL O INTERMUNICIPAL ( MOLINOS A LA POMA) CON DESTINO A CACHI:Certificado único habilitante para circulación o permiso intermunicipal conforme a las excepciones prevista en el DNU. dicha circulación queda prohibida en el horario de 01:00 a 05:00.
- 5) REMIS INTERURBANO:Limitar la circulación de personas exclusivamente a servicio esenciales (Turno Bancos, Salud y seguridad), cuyo caso contar con el certificado único habilitante para circulación y la respectiva acreditación Ej. Turno, dicha circulación queda prohibida en el horario de 01:00 a 05:00.
- 6) PROVEDORES LOCALES:Limitar la circulación a la Ciudad de Salta y viceversa una vez a la semana, previa acreditación del certificado único habilitante para circulación del rubro y Permiso Municipal excepcional y excluyente (solicitar en la Municipalidad Sábado y Domingo en el horario de 10:00 a 13:00, días hábiles en horario de atención al público), dicha circulación queda prohibida en el horario de 01:00 a 05:00.
- 7) PROVEDORES EXTERNOS: Certificado único habilitante para circulación del rubro, dicha circulación queda prohibida en el horario de 01:00 a 05:00.
- 8) ACTIVIDAD COMERCIAL:Atención al público hasta horas 21:00.
- 9) LOCALES GASTRONÓMICOS: Atención al público hasta horas 23:00.
- 10) SERVICIO DELIVERY: Hasta a horas 23:00.
- 11) EVENTOS RELIGIOSOS:Hasta horas 20:00, siguiendo los protocolos de bioseguridad vigentes, siempre que no supere las 10 personas.
- *12) FIESTAS PATRONALES: Limitar la concurrencia únicamente a fieles del Paraje, no así de otras localidades o parajes.
- *13) REUNIONES SOCIALES: Se ratifica la prohibición de las mismas.
Participaron de la reunión el Intendente de Cachi Sr. Américo Liendro, Senador Provincial Pablo Nolasco, Gerente del Hospital de Cachi Dr. Carlos Moreno, Lic. Juan Lima Jefe de Laboratorio y Vigilancia Epidemiológica Cachi, Secretario de Gobierno Sr. Manrique Burgos, Jefe de Bomberos Voluntarios Prof. Sergio Martin, Intendente de Parque Nacional Los Cardones Sr. Jorge Carreras, Directora de la Escuela N° Victorino de la Plaza Prof. Lucrecia Guitian, Cura Párroco Enrique Domínguez, Concejal Jorge Moya y el Jefe Comisaria N° 61 Crio. Insp. Ramiro Corimayo.