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Espectáculos

Puenzo le respondió a exhibidores que quieren «que el Estado les subsidie el alquiler en los shoppings»

El presidente del INCAA respondió a los reclamos de tres entidades internacionales que exhiben películas en el país.

El cineasta Luis Puenzo, presidente del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA), respondió por medio de una nota pública a los reclamos de tres entidades internacionales que exhiben películas en el país y a las que presentó como “empresas dominantes que rinden sus utilidades a corporaciones extranjeras”.

“Permítanme expresar nuestro desacuerdo con el reclamo de empresas que rinden sus utilidades a corporaciones extranjeras, que suelen considerar a las regulaciones culturales como una interferencia en sus negocios”, escribió Puenzo en su misiva.

El titular del INCAA consideró que la Cámara Argentina de Exhibidores Multipantallas (CAEM), la Federación Argentina de Exhibidores Cinematográficos (FADEC) y Showcase Cinemas, firmantes el jueves pasado de que se declare la emergencia en el sector, “poniendo en dudas su posición dominante, estarían echando trabajadores a la calle al mismo tiempo que reclaman que el Estado les subsidie el alquiler en los shoppings”.

La respuesta de Puenzo, dirigida a Leonardo Racauchi de CAEM, María C. Devoto Borrelli, de FADEC, y Oscar García, de Nai International II Inc. de la cadena Showcase, buscó “aclarar imprecisiones seguramente involuntarias referidas al requerimiento de la ‘Eximición o diferimiento del pago del impuesto al Cine’, que como tal no existe”.

El autor de “La historia oficial” especificó en relación al denominado “impuesto al cine”, que «dicho impuesto lo pagan los espectadores al adquirir entradas de cine. Los exhibidores solo son agentes de percepción de esta recaudación que no les pertenece”.

“Cabe señalar –puntualizó- que en los meses previos a la pandemia el cine vendió más entradas que en años anteriores, y que no hay motivo alguno para que reclamen, no entendí a quién, quedarse con ese dinero”.

A modo de advertencia, el funcionario agregó: “Me informan los que saben que el ‘agente de retención o de percepción, que no depositare, total o parcialmente, dentro de los treinta (30) días corridos de vencido el plazo de ingreso’ está penado por la ley. Y estoy seguro que todos queremos evitar sumar conflictos a los que nos plantean las actuales circunstancias”.

Fuente: Telam

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