Al extender la feria fiscal, no podrán hacerse determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, precisó la dependencia oficial.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó este lunes la feria fiscal hasta el 10 de mayo inclusive, y también extendió hasta esa fecha la suspensión de las exclusiones del monotributo.
De esta manera la AFIP prorrogó la vigencia de la feria fijada anteriormente en línea con la vigencia del aislamiento social preventivo y obligatorio, extendido por el Gobierno nacional.
«La decisión no implica ninguna modificación ni prórroga sobre los vencimientos de impuestos», aclaró la AFIP en un comunicado de prensa y agregó que la «feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social».
A lo largo del período definido en la Resolución General N°4703/2020 que será publicada en el Boletín Oficial no se suspenden las acciones de la AFIP.
No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.
A su vez con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, la AFIP dispuso la suspensión de las exclusiones de monotributistas correspondientes a abril.
La medida extiende al mes corriente la decisión que definió no realizar los cruces sistémicos durante marzo.
El organismo también estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante abril. Ambas decisiones que beneficiarán a los más de 3.600.000 contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes
Fuente: Telam